Invitación a escribir y publicar

Invitamos a todos los lectores del blog que quieran publicar aquí sus trabajos, nos los remitan a fthea@derecho.uba.ar o federicothea@speedy.com.ar


Los siguientes trabajos se encuetran disponibles a texto completo:

Federico G. Thea: "The Role of Judges in Political Struggles", Queen Mary Law Journal, Volume 2, Spring 2012.

Federico G. Thea: "La Reforma Estructural en la Jurisprudencia de la CSJN" (Premio AADA-CSJN 2010)

Agustín A. Gordillo: "Hacia la Unidad de un Orden Jurídico Mundial" (27/03/09)



Ver más artículos publicados a texto completo en el blog, aquí.

06 mayo 2010

José Luis Correa: "Estabilidad del personal contratado o indemnización de daños y perjuicios. Actividad ilegítima del Estado"

José Luis Correa ha publicado en la Revista Jurídica La Ley, un artículo titulado "Estabilidad del personal contratado o indemnización de daños y perjuicios. Actividad ilegítima del Estado" (LA LEY 06/05/2010, 3), como comentario al fallo de la CSJN en autos "Ramos, José Luis c. Estado Nacional (Min. de Defensa - A.R.A." (2010-04-06). A continuación, el sumario del artículo:

Sumario: I. Revocación de sentencia y reconocimiento de daños.- II. Sucesivas contrataciones por tiempo indeterminado.- III. Legítima expectativa de permanencia; utilizó figuras jurídicas autorizadas con una evidente desviación de poder.- IV. Estabilidad propia y el presagio de cambio de criterio.- V. Fallos de la Corte por estabilidad propia.- VI. Régimen normativo de empleo público y el personal contratado.- VII. Las sucesivas renovaciones anuales.- VIII. El transcurso del tiempo: el régimen diferenciado. Interpretación restrictiva.-IX. Arbitrariedad de la justificación de la rescisión contractual en el sometimiento voluntario.- X. Opinión doctrinaria que priva de estabilidad y la jurisprudencia de la S.C..- XI. La S.C. Mendocina niega estabilidad a los contratados.- XII. Los fundamentos de la jurisprudencia mendocina: fraude por renovación.- XIII. Opinión de la S.C. principio general, fraude y la nueva realidad.- XIV. Conclusiones.

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