Arístides Horacio M. Corti ha publicado en la Revista Jurídica La Ley, un artículo titulado "Decretos de necesidad y urgencia y de promulgación parcial de leyes. Legislación delegante. Reglamentos delegados"(LA LEY 07/09/2010, 1). A continuación, el abstract del artículo:
"Hasta la reforma de 1994 sólo estaban prohibidos de manera absoluta los DNU en materia tributaria y penal. La reforma extendió dicha prohibición a la materia electoral y al régimen de los partidos políticos (art. 99, inc. 3, tercer párrafo); impuso un Poder Ejecutivo colegiado para el dictado de DNU (art., inc. y párrafo precitado) y de los decretos de promulgación parcial de las leyes (art. 100, inc. 13), así como un procedimiento abierto para el perfeccionamiento de los mismos y de los decretos delegados (art. 99, inc. 3, cuarto párrafo in fine)."
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